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OPINIÓN
Jueves 15 de octubre de 1812, página 4.
El gobierno establece cuáles serán los contenidos de la Aurora

A través de este artículo de oficio el gobierno le impone a la Aurora de Chile un comité de censura.


ARTICULO DE OFICIO

Santiago 12 de Octubre de 1812.

DEBIENDO conciliarse el libre exercicio de las facultades del hombre con los derechos sagrados de la religion y el estado, cuyo abuso funesto è inconsiderable puede envolvernos en desgracias, que no calcula la anumocidad afogada de los amantes exaltados de la libertad ; y deseando cortar todo motivo de quexa entre los estados amigos y desididos protectores de la Nacion, como que no se equivoquen los sentimientos del Gobierno con las producciones personales de los genios fuertes, al abrigo de una Gazeta que aun que se titula Ministerial, separa los articulos dictados por el epigrafe de oficio ; se nombra internamente, y hasta que se publique el respectivo reglamento, para que revea y censure previamente, quanto se imprima al Tribunal de Apelaciones, que designará por turno el Ministro revisor especial de la Aurora, sin cuyo pase no se darà á la prensa y será inmediato responsable de lo impreso : trascribase al Tribunal de Apelaciones, hagase saber al Redactor de la Aurora en el dia, é imprimase en el numero de esta semana.

Prado.=Portales.=Carrera.=Vial, secretario.=

IMPRESO EN SANTIAGO DE CHILE

EN LA IMPRENTA DE GOBIERNO,

Por los Sres. Samuél Burr Johnston, y Simón Garrison.

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